Faltan, aproximadamente tres meses para cumplirse el tiempo límite (23 de agosto de 2022), para que las empresas se adecuen a los contratos y las figuras empresariales; sujetos al decreto supremo (DS) N° 001-2022-TR y puedan sustentar sus acciones ante un proceso de fiscalización. Esto en base a la reforma de la tercerización laboral, promulgada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).  

La tercerización es una modalidad de empleo que viene impulsando la formalidad en el país. Según la Asociación de Empresas de Tercerización y Trabajo Temporal (AETT), un 87.5% de los trabajadores formales (1 millón 50 mil), estarían laborando bajo esta figura. Ante este panorama, existen diversas opiniones sobre el impacto de esta decisión; que posiblemente, viene desafiando al país; en materia de reducir el nivel de informalidad, pobreza e incrementar el índice de productividad laboral y economía en el país. 

Medidas a implementar para el nuevo escenario de la tercerización en Perú.

Por lo tanto, cuáles serían las medidas apropiadas que las empresas deberían desempeñar, asumiendo un escenario realista y optimista ante un contexto de incertidumbre. Alfredo Salgado, Gerente General del Grupo EULEN Perú, brinda algunas recomendaciones que las empresas deberían ir implementando o asegurarse que se están llevando a cabo: 

  • Determinar el núcleo del negocio: En primera instancia, las organizaciones deben determinar cuáles de sus actividades se calificarían como nucleares, considerando que estás deberían realizarse por el personal directo de la organización. El núcleo del negocio es aquella actividad que sin su ejecución no se afectaría o interrumpiría el funcionamiento o desarrollo de la empresa.  
  • Reestructura interna: Revisar los contratos vigentes de tercerización y ante las actividades necesarias que no están sujetas al core de la organización. Es recomendable que las empresas justifiquen la relevancia que esta quede en manos de especialistas, a nivel técnico, mecánico, entre otros, acorde a las actividades que desarrollan. 
  • Revisión contractual: Las empresas tercerizadoras, las permitidas por el DS, deberían realizar una revisión exhaustiva de sus contratos de trabajo y los servicios que se podrán y los que vienen ejecutando con sus clientes, para posteriormente tomar decisiones bajo el marco legal y en acuerdo con sus usuarios. 
  • Orientación: De surgir dudas, las empresas deberían orientarse por especialistas en el campo, a fin de mantenerse alineados al marco legal, siguiendo y cubriendo las necesidades y expectativas del mercado. En estos casos, se extiende como sugerencia especial para las pequeñas y medianas empresas, las cuales requieren de diversos servicios tercerizados para su sostenimiento. 
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“Los negocios crecen cuando se dedican y centran sus esfuerzos en sus core. Por lo tanto, es el momento de mantenernos alineados al marco legal, siguiendo y cubriendo las necesidades y expectativas del mercado, sin dejar de lado nuestros esfuerzos como organizaciones” precisó Alfredo Salgado, Ejecutivo del Grupo EULEN Perú.